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SOAP - Seguro Obligatorio


DESCRIPCIÓN


El seguro obligatorio de accidentes personales cubre los riesgos de muerte y lesiones corporales que sufran las personas como consecuencia de accidentes en que intervengan el vehículo asegurado, sus remolques o sus cargas.


Este seguro cubrirá tanto al conductor del vehículo como a las personas que estén siendo transportadas en él y cualquier tercero afectado.


Para los efectos de esta ley, se considerará igualmente que son terceros afectados, las personas transportadas en un vehículo no asegurado que hubiera intervenido en un accidente con algún vehículo asegurado, con excepción del propietario del vehículo no asegurado.


PRECIO DE REFERENCIA


TIPO SOAP ELECTRÓNICO SOAP TRADICIONAL
Automóvil, Station Wagon, Jeep Desde : $ 9.500 $ 12.000
Camioneta, Furgón, Van Desde :$ 11.500 $ 14.500
Moto, Motocicleta Desde :$ 39.500 $ 50.000
Carro de arrastre, Casa Rodante Desde :$ 4.500 $ 6.000
Minibus Desde :$ 24.500 $ 35.000

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COBERTURA


¿Cuál es el monto a indemnizar a un afectado o beneficiario?


   1. Una cantidad equivalente a UF 300 (Unidades de Fomento) en caso de muerte;

   2. Una cantidad equivalente


En caso de incapacidad permanente parcial, no se podrán deducir los referidos gastos, pero su monto, sumado a la indemnización que corresponda percibir por dicha incapacidad, no podrá exceder de la suma asegurada.


SERVICIOS EN LINEA


CONSULTA VIGENCIA SOAP ELECTRÓNICO

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INFORMACIÓN SOBRE ESTE SEGURO

  • 1-. ¿Qué cubre este Seguro Obligatorio?

    El seguro obligatorio de accidentes personales cubre los riesgos de muerte y lesiones corporales que sufran las personas como consecuencia de accidentes en que intervengan el vehículo asegurado, sus remolques o sus cargas.s cargas.

    Este seguro cubrirá tanto al conductor del vehículo como a las personas que estén siendo transportadas en él y cualquier tercero afectado.

    Para los efectos de esta ley, se considerará igualmente que son terceros afectados, las personas transportadas en un vehículo no asegurado que hubiera intervenido en un accidente con algún vehículo asegurado, con excepción del propietario del vehículo no asegurado.

  • 2-. ¿Cuál es el monto a indemnizar a un afectado o beneficiario?

    1. Una cantidad equivalente a UF 300 (Unidades de Fomento) en caso de muerte;

    2. Una cantidad equivalente a UF 300 (Unidades de Fomento) en caso de incapacidad permanente total;

    3. Una cantidad equivalente de hasta UF 200 (Unidades de Fomento) en caso de incapacidad permanente parcial, debiendo el monto definitivo ser una proporción de dicha indemnización máxima, según la clasificación que al efecto se haga en la póliza, y

    4. Una cantidad equivalente de hasta UF 300 (Unidades de Fomento) por concepto de gastos de hospitalización o de atención médica, quirúrgica, dental, prótesis, implantes, farmacéutica y cualquiera otra que se requiera para su rehabilitación. Estas 300 unidades de fomento se destinarán sólo al pago o copago de los gastos señalados precedentemente. Las incapacidades temporales de cualquier especie no darán derecho a otra indemnización que la señalada en el número 4 del inciso anterior. La indemnización de los gastos de atención médica, quirúrgica y hospitalización no podrá exceder de los montos que señale la póliza El reembolso de los gastos efectivamente incurridos por el accidentado. Dicho reembolso no podrá exceder al valor asignado para la respectiva prestación, en el Arancel Nivel 3 de la Modalidad de Libre Elección de FONASA (MLE), vigente al momento de otorgarse la prestación con un límite máximo de UF 300.Cada día cama hasta:

    UF 4.- Sala.
    UF 6.- Cuidados Intermedios.
    UF 11.- Cuidados Intensivos (UCI o UTI).

    Nota: Las indemnizaciones por muerte, incapacidad permanente total e incapacidad permanente parcial, no son acumulables. Si liquidada una incapacidad permanente, la víctima o asegurado falleciera a consecuencia del mismo accidente, el asegurador liquidará la indemnización por muerte, previa deducción del monto ya pagado por la incapacidad permanente total o parcial. No se deducirán de la indemnización que deba pagarse en caso de incapacidad total las sumas pagadas por el asegurador por concepto de gastos de hospitalización o de atención médica, quirúrgica o farmacéutica.

    También puede efectuarse el cobro directamente por la entidad hospitalaria o provisionales que presta el servicio.

    En caso de incapacidad permanente parcial, no se podrán deducir los referidos gastos, pero su monto, sumado a la indemnización que corresponda percibir por dicha incapacidad, no podrá exceder de la suma asegurada.

  • 3-. ¿Cuál es el plazo para cobrar el Seguro Obligatorio?

    La ley establece que el plazo para cobrar este seguro es de un año a contar de la fecha del accidente o de la muerte del fallecido.

  • 4-. ¿Qué hacer en caso de accidente?

    El afectado o quien actúe por él, debe asegurarse que ha estampado la denuncia en una Unidad de Carabineros, donde se identifique la fecha, hora y lugar del accidente, las personas lesionadas o fallecidas y los datos de los vehículos involucrados (al menos patente, número de póliza y aseguradora que emitió el SOAP)

  • 5-. ¿Cómo cobrar el SOAP?

    Debe presentarse la solicitud en las oficinas de la aseguradora, adjuntando: CERTIFICADO otorgado por el tribunal competente o el Ministerio Público para el cobro SOAP, y adicionalmente:

    Tipo Documento Requerido
    Fallecimiento
    • * CERTIFICADO otorgado por el tribunal competente o el Ministerio Público para el cobro SOAP
    • * Certificado de Defunción y Nacimiento Completo del fallecido
    • * Libreta de Familia
    • * Otro documento que acredite legalmente la calidad de beneficiario con derecho a percibir la indemnización según orden de precedencia.
       
    Inválidez
    • * CERTIFICADO otorgado por el tribunal competente o el Ministerio Público para el cobro SOAP
    • * Certificado médico que acredite la naturaleza y grado de la incapacidad, dónde se consigne que ella tiene su origen directo en un accidente en el cual participó el vehículo asegurado. En este certificado se deberá identificar al accidentado con nombre completo y RUT.
       
    Gastos Médicos
    • * CERTIFICADO otorgado por el tribunal competente o el Ministerio Público para el cobro SOAP
    • * Gastos médicos en original (Boletas, Facturas, Bonos) Boletas de farmacia con su receta medica
    • * Informe Médico Tratante por lesiones y tratamiento causados por el accidente.
  • 6-. ¿Cuál es el plazo de las compañías para la entrega del Certificado SOAP Electrónico ó ¿Cuánto se demora el despacho?

    La normativa vigente establece un plazo máximo de 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud del asegurado. La compañía dispondrá de nuestra central telefónica para consultas o dudas al 600 700 4000

DOCUMENTOS RELACIONADOS

Para visualizar los condicionados debe tener instalado Acrobat Reader.
Para descargarlo haga click en el logo.
  • Aprobación normativa de Soap Electrónico: Circular Nº 1864 S.V.S.
  • Condiciones Generales de Póliza SOAP, inscrita en la SVS bajo el código POL 3 03 065.
  • Ley Nº 18.490.
  • Documentos necesarios para cobrar el Seguro Obligatorio
  • En caso de Accidente: ¡Infórmate!
Si lo desea puede comunicarse con
nosotros al 600 700 4000 o directamente
























































































































































 

  Isidora Goyenechea 3520 - Las Condes - Santiago - Chile - CP 7550071



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Precios De Referencia SOAP, Según Oficio Circular N°440 - 28/02/2008

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